Sentencia N° 642 — Sala de Casación Civil del TSJ, 26 de octubre de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000642, Exp. 23-192, 26/10/2023
Expediente23-192
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-10-26
DecisiónPERECIDO

Resumen

En el juicio por desalojo, el Juzgado Superior Primero en lo Civil dictó sentencia el 27 de enero de 2023, declarando con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. Posteriormente, la parte demandante anunció recurso extraordinario de casación, el cual fue admitido pero no formalizado dentro del lapso previsto. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, determinó que el recurso había perecido por no haberse presentado el escrito de formalización en el tiempo establecido por la ley.

Extracto de la motiva

Como consecuencia de la precedente consideración, es aplicable al caso bajo estudio, el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, al verificarse que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación NO FUE CONSIGNADO DENTRO LAPSO PREVISTO en el artículo 317 eiusdem, ante la Secretaría de esta Sala de Casación Civil, vale reiterar, antes del vencimiento del término de los cuarenta (40) días continuos, el cual conforme al cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala, transcurrió desde el día 14 de febrero de 2023, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio respectivo y venció el 25 de marzo de 2023, dejándose constancia que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación no fue presentado ante esta Sala, y trayendo como consecuencia jurídica y directa, que el medio recursivo anunciado por la demandante, y admitido por la alzada, debe ser declarado PERECIDO, dado que de recibirse el expediente con la formalización o el escrito de formalización fuera del lapso para su presentación, se le estaría violentando el derecho a la defensa a la parte contraria.

Dispositiva

PERECIDO el recurso extraordinario de casación propuesto por la demandante, ciudadana TIRLEA FEINBAUM de LINDENBAUM, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de enero de 2023. Se CONDENA a la demandante, al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

desalojocasaciónprocedimiento civilderecho a la defensaplazos procesales

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