Sentencia N° 64 — Sala de Casación Civil del TSJ, 7 de marzo de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000064, Exp. 24-031, 07/03/2025
Expediente24-031
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-03-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por Pierre Georges Doumat, quien alegaba nulidad por fraude procesal en relación a varias ventas de un inmueble. La Sala confirma la decisión del Juzgado Superior que había declarado la falta de cualidad activa del demandante, argumentando que no tenía interés legítimo en la causa. Se condena al recurrente al pago de costas procesales.

Extracto de la motiva

Ahora bien, es claro afirmar que el ciudadano PIERRE GEORGES DOUMAT, es una persona extraña o ajena a las siguientes ventas realizadas: 1) en el Registro Público de los Municipios Mariño y García de este Estado (sic), el día 21 de Febrero (sic) de 2.018 (sic), anotada bajo el Nº 2018.120, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 398.15.6.1.19592, correspondiente al Libro (sic) de Folio (sic) Real (sic) del año 2018, 2) en esa misma oficina de registro en fecha 19-9-2.018, bajo el Nº 2018.120, Asiento (sic) Registral (sic) Nº 2, del inmueble matriculado con el Nº 398.15.6.1.19592, correspondiente al Libro (sic) del Folio (sic) Real (sic) del año 2.018 (sic); celebradas entre la sociedad mercantil PROMOTORA TURISTICA (sic) PUERTO FERMÍN, C.A., COMERCIAL A.H. DE IMPORTACIÓN, C.A., y la sociedad mercantil OMRAN IMPORT, C.A., puesto que no formó parte de las citadas negociaciones jurídicas. En tal sentido, de conformidad con todo lo supra analizado, adolece efectivamente el actor de falta de cualidad activa para soportar el presente juicio, toda vez que el interés legítimo actual que le afecte la esfera jurídica de sus derechos no le ha sido aún otorgado por sentencia previa declaratoria de fraude; tal y como fue decidido por el Juzgado (sic) a quo en la decisión impugnada mediante el presente recurso de apelación. Y así se declara. Declarado lo precedente, se demuestra que el ciudadano PIERRE GEORGES DOUMAT, adolece de falta de cualidad activa para sostener el presente juicio; lo que trae como consecuencia la inadmisibilidad de la presente demanda. Y así se decide.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte demandante recurrente, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 2 de noviembre de 2023. Se CONDENA a la recurrente al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

nulidadfraude procesalcasación civil

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca