Sentencia N° 631 — Sala de Casación Civil del TSJ, 11 de noviembre de 2022

TSJ/SCC, Sent. N° 000631, Exp. 21-287, 11/11/2022
Expediente21-287
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-11-11
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte actora, NATALIA TOPORKOVA, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, que había declarado inadmisible la demanda reivindicatoria. La Sala fundamenta su decisión en la necesidad de agotar el procedimiento administrativo previo establecido por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, antes de poder acceder a la vía judicial para la reivindicación del inmueble en cuestión.

Extracto de la motiva

(…) De la transcripción que antecede, se establece la exigencia por la recurrida de los artículos 94, 95 y 96 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en el necesario agotamiento del procedimiento administrativo previo preceptuado en el Decreto con Rango y Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, de fecha 5 de mayo de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 39.668, encuadrándolo un inmueble destinado a vivienda. De la precedente transcripción se desprende que la recurrida da por probado tácitamente lo que es objeto de prueba, como lo es una relación arrendaticia por encuadrar el supuesto en el artículo 94 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, a los fines de también aplicar el mencionado decreto, incurriendo con esta forma de decidir en una evidente inmotivación, por petición de principio, por cuanto se evidencia que no ofrece ningún razonamiento para declarar dichos hechos. Pero, por otro lado, la recurrida se apartó de la doctrina ya asentada por la dala de Casación Civil, en el caso sub lite, que el derecho o la calidad de posesión del demandado requiere de una faena probatoria que desate el fondo del asunto (…) En todo caso, el presente vicio es determinante en el dispositivo del fallo, ya que al declarar inadmisible la demanda reivindicatoria en la exigencia del cumplimiento de los artículos 94. 95 y 96 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, y en el necesario agotamiento del procedimiento administrativo previa preceptuado en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas de fecha 5 de mayo de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 39 008, donde para admitir la demanda de autos la accionante debe acompañar la resulta del procedimiento administrativo previo exigido por el ya mencionado artículo 94 eiusdem. El Juzgado Superior da certeza del arrendamiento, sin tomar en cuenta, lo que es objeto de prueba con la serie de hechos de la demanda que la realidad contractual en su pliego tomo otro estado, debiendo conocerse esa falta de derecho a poseer la res litigiosa en una sentencia que desate fondo del asunto (…)

Dispositiva

SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 10 de septiembre de 2021. Se condena en las costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

arrendamientosprocedimiento administrativodesalojoinmueblesviviendajurisprudencia

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