Sentencia N° 615 — Sala de Casación Civil del TSJ, 15 de octubre de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000615, Exp. 25-178, 15/10/2025
Expediente25-178
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-10-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 15 de octubre de 2025, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el demandado, Nicola Francischiello Marinelli, anulando parcialmente la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, que había condenado a pagar intereses moratorios al 3% mensual. La Sala establece que el interés correcto es del 1% mensual, conforme al artículo 1.746 del Código Civil, manteniendo incólume el resto de la decisión. Se resalta la importancia de no exceder los límites establecidos por la ley en materia de intereses moratorios.

Extracto de la motiva

motiva y dispositiva al declarar con lugar la demanda, condenó el pago de los intereses moratorios que el demandante solicitó y fueron convenidos en la cláusula quinta del contrato de préstamo pactado el 1° de agosto de 2014, en el cual establecieron los contratantes en el 3% mensual y así ordenó calcularlos el juzgador de alzada al “3% mensual de conformidad con lo establecido en el artículo 1.746 del Código Civil”, por lo que si bien la Alzada acertó en cuanto a la selección normativa para la resolución del conflicto sustancial concreto, erró respecto a la consecuencia jurídica de la misma, ya que al establecer un interés de mora en 3% mensual, excedió el límite establecido por esa norma jurídica, que en el último aparte prevé, “El interés del dinero prestado con garantía hipotecaria no podrá exceder en ningún caso del uno por ciento mensual.”, cuya disposición se debe aplicar al caso concreto considerando que la cláusula sexta del contrato las partes pactaron lo siguiente:

Dispositiva

Se CONDENA a la parte demandada ciudadano NICOLA FRANCISCHIELLO MARINELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.101.647 a pagar al ciudadano TERESIO ONORATO, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular del pasaporte Nro. AA1762703, los intereses moratorios corrientes calculados al uno por ciento 1% mensual de conformidad con lo establecido en el artículo 1.746 del Código Civil sobre el monto adeudado a pagar, vale decir, la suma de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON 00/100 CTS (Bs. 9.885.000,00) y los que se sigan venciendo hasta la presente fecha vale decir veinticinco (25) de noviembre de 2024.

Palabras clave

interesesmorausuracontratosCódigo Civilautonomía de la voluntadjusticiaderechos fundamentales

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