Sentencia N° 595 — Sala de Casación Civil del TSJ, 7 de noviembre de 2024

TSJ/SCC, Sent. N° 000595, Exp. 24-089, 07/11/2024
Expediente24-089
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-11-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de noviembre de 2024, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Lourdes María Rodríguez Serrano contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de Anzoátegui, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró con lugar la demanda de partición y liquidación de bienes presentada por Víctor Emiliano Barreto Golindano. La Sala determinó que la competencia para conocer de la partición de bienes corresponde a la jurisdicción civil ordinaria, aun cuando existan menores involucrados indirectamente, ya que sus derechos no se ven afectados directamente por la acción de partición.

Extracto de la motiva

De conformidad con el ordinal 2° del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 12 eiusdem, el recurrente delata “…la violación del debido proceso y el Derecho a la Defensa por el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por infracción por falta de aplicación del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, referida a la falta de Competencia del Juez de la recurrida por la Materia, para conocer y decidir en materia Civil la presente causa…”... tanto el Tribunal de la Instancia inferior juzgado Tercero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, como el Juez de la Recurrida Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y Marítimo de la Circunscripción del Estado Anzoátegui, incurrieron en error de derecho en doble conjunción, que se produjo al no aplicar el dispositivo del artículo 177 de la ley Orgánica para la protección del Niño, Niñas y Adolescentes, debieron declinar la competencia funcional a los Tribunales de Menores, habida cuenta que al analizar la causa, debieron percatarse en el proceso, la existencia de una niña menor de edad, de nombre ADRIADNE ESTEFANIA BARRETO RODRIGUEZ, hija legitima de los Sujetos Procesales, y para la fecha de la demanda 30 de Octubre de 2018, tenía 15 AÑOS de edad, por ende debieron los Jueces declinar la Competencia para los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, como lo dispones la Ley respectiva, que meridianamente dispone que en toda causa donde se evidencia la existencia de un menor de edad, la competencia funcional corresponde por la materia a los Tribunales de Menores... Siendo la Competencia materia de estricto orden Publico, debe esta Instancia Judicial de la Sala de Casación Civil, actuando dentro los parámetros y facultades que le otorga la Ley y el Procedimiento y declarar Con Lugar esta defensa. Solicito formalmente se sirvan anular la sentencia dictada por el órgano Civil, y por ende reponer la causa al conocimiento del Tribunal competente en esta materia, habida cuenta que la falta de aplicación de una norma jurídica ocurre cuando el Juez no emplea una norma jurídica vigente, aplicable y subsumible, como es el caso de mérito, establecido en el artículo 177 de la Ley Orgánica de Niños, Niñas y Adolescentes, ya que la competencia por la materia en protección de una menor que está protegida por fuero establecido en el artículo 8 de la Ley Tutelar del Menor que le atribuye Un interés Superior a ADRIADNE ESTEFANIA BARRETO RODRIGUEZ de quince (15) años de edad.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la ciudadana LOURDES MARÍA RODRÍGUEZ SERRANO contra la sentencia proferida en fecha 10 de julio de 2023, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona. Se condena a la recurrente al pago de las costas, conforme a la Ley.

Palabras clave

particiónliquidación de bienescasación civilderecho de familia

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