Sentencia N° 578 — Sala de Casación Civil del TSJ, 4 de noviembre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000578, Exp. 21-378, 04/11/2022
Expediente21-378
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-11-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara Sin Lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por los demandantes contra la sentencia del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de Caracas. La decisión se basa en la interpretación correcta de la cláusula octava del contrato de compra-venta, que establece las consecuencias del incumplimiento por parte de la demandada. La Sala concluye que no hubo desnaturalización de la voluntad de las partes y que la juez de alzada actuó conforme a derecho.
Extracto de la motiva
Es evidente entonces que la juez de alzada en las motivaciones para decidir no se atuvo a lo alegado y probado por las partes en autos, supliendo alegatos de hecho no controvertidos en el proceso y sacando elementos de convicción fuera de ellos, supliendo excepciones o argumentos de hecho que le son propias a las partes pues constituye la carga procesal de las mismas y como consecuencia del quebrantamiento de las normas adjetivas citadas, que regulan el actuar de los jueces en sus decisiones, en el dispositivo del fallo recurrido la Ad quem declara con lugar la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 28 de mayo de 2019, revocando la misma y declarando sin lugar la demanda que por acción de Cumplimiento de Contrato incoaron los demandantes en contra de la demandada, adoleciendo en consecuencia la sentencia recurrida de un defecto de actividad, en virtud haber incurrido la juez de alzada en el vicio de incongruencia.
Dispositiva
Se declara Sin Lugar el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de junio de 2021.