Sentencia N° 574 — Sala de Casación Civil del TSJ, 2 de noviembre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000574, Exp. 21-332, 02/11/2022
Expediente21-332
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-11-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, COMERCIAL DON CLEMENTE, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Mérida. La decisión se fundamenta en que el recurrente no logró demostrar la infracción de derechos fundamentales ni la existencia de un contrato bilateral que justificara su demanda de cumplimiento de contrato de compra venta. Además, se condena a la recurrente al pago de las costas procesales del recurso.
Extracto de la motiva
motivación, —que la presente acción no corresponde a la de cumplimiento de contrato, por cuanto no hay la existencia de un contrato bilateral, conforme a lo establecido en el artículo 1.167 del Código Civil, por lo que no hay incumplimiento por parte de los accionados--. (…Omissis…) o De conformidad con lo establecido en el ordinal I del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, denuncio la infracción por parte de la alzada de los artículos 15, 206 eiusdem, en concordancia con el artículo 1.134 del Código Civil, que dispone: contrato es unilateral, cuando una sola de las partes se obliga; y bilateral, cuando se obligan recíprocamente"; en consonancia, con el artículo 38 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario Para El Uso Comercial, que dispone: (…Omissis…) Y, fundamento la denuncia en los términos siguientes: a) Explicación de cuál ha sido la forma quebrantada u omitida y, si lo ha sido por la Jueza de la alzada. Aun admitiendo que, lo que ha bien tienen las disposiciones del Código Civil que a continuación se transcriben: (…Omissis…) Y es asi, que en fecha 08 de diciembre de 2017, mi mandante, fue informado por los co-propietario
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de casación, anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 20 de agosto de 2021, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Mérida. Se condena a la recurrente al pago de las costas procesales del recurso.