Sentencia N° 567 — Sala de Casación Civil del TSJ, 1 de octubre de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000567, Exp. 24-752, 01/10/2025
Expediente24-752
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-10-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la demandada, J&J Shield Armoring, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Zulia. Se anula el fallo recurrido y todas las actuaciones desde el auto de admisión de la demanda, ordenando la reposición de la causa al estado de que sea admitida y tramitada conforme al procedimiento establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial. La decisión se fundamenta en la violación del derecho a la defensa y el debido proceso, al haberse tramitado el juicio por un procedimiento no aplicable en este caso.

Extracto de la motiva

“…Por lo que la carga de la confesión ficta, como institución, sanciona al demandado que debidamente citado y demostrado en actas la correspondiente exposición, no acude por sí o por medio de representante a refutar las pretensiones incoadas en su contra y que durante la secuela probatoria nada demuestre que le favorezca, no siendo contrarias a derecho dichas pretensiones. Como norma sancionatoria a la contumacia del demandado, sus efectos se extienden a que se tengan por admitidos los hechos que se le imputan, lo que se implica en una proceso judicial, en la aceptación efectiva de la demanda del actor. En consecuencia, del contenido de actas se desprende el cumplimiento de los requisitos para que fuere procedente la confesión ficta de la parte demandada, por cuanto la misma no rindió contestación a la demanda a pesar de haber sido citada debidamente, [...]”

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso extraordinario de casación propuesto por la demandada recurrente, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 11 de octubre de 2024, por ende se casa total y sin reenvío, y se decreta su nulidad absoluta.

Palabras clave

desalojolocal comercialcasaciónderecho a la defensaprocedimiento civil

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