Sentencia N° 554 — Sala de Casación Civil del TSJ, 17 de octubre de 2024
TSJ/SCC, Sent. N° 000554, Exp. 24-355, 17/10/2024
Expediente24-355
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-10-17
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia el 17 de octubre de 2024, declarando perecido el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Trujillo, dictada el 19 de marzo de 2024. La decisión se fundamenta en que la parte recurrente no presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley.
Extracto de la motiva
Es criterio pacífico y reiterado de esta Sala del Máximo Tribunal de Justicia que en casos como el de especie, se requiere el impulso de las partes en el proceso para evitar su paralización; así pues, el formalizante es el único interesado y obligado por ley para presentar dicho escrito, a los fines que el recurso extraordinario de casación sea tramitado. Ahora bien, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) que se dan para el anuncio del mismo, es decir, el 4 de mayo de 2024, y que dicho lapso feneció el día 18 de junio de 2024. Visto que dentro del señalado lapso la parte recurrente no consignó el correspondiente escrito de formalización, es la razón por la cual, en atención a lo preceptuado en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, previamente transcrito, el recurso de casación anunciado por la parte demandada debe ser declarado perecido, tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.
Dispositiva
PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, el 19 de marzo de 2024. Se CONDENA al recurrente al pago de las costas procesales del recurso.
Palabras clave
recurso de casaciónprocedimiento civilplazos procesalesimpulso procesalcostas procesales