Sentencia N° 553 — Sala de Casación Civil del TSJ, 10 de agosto de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000553, Exp. 23-348, 10/08/2023
Expediente23-348
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-08-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de agosto de 2023, declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por DANNY JOSÉ AGÜERO COLMENAREZ contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, que había declarado improcedente su demanda de prescripción adquisitiva. La Sala argumentó que la posesión del demandante no cumplía con los requisitos de legitimidad, dado que era copropietario del inmueble en cuestión, lo que impedía la procedencia de la usucapión. Además, se condenó al demandante al pago de costas procesales.

Extracto de la motiva

motivación del fallo dictado, lo cual la condujo a declarar improcedente la demanda, siendo que “… no sentenció en base a lo alegado y probado en autos, (…) [y] al no haber hecho un análisis claro, preciso y objetivo sobre las actas procesales, le había negado a su representado el derecho al debido proceso y a la legítima defensa”. Así las cosas se advierte con claridad, la falta de técnica en la formulación de las delaciones, por lo que es menester señalar la importancia de ser observada en la elaboración de los escritos de formalización por parte de quien pretenda someter un caso al conocimiento de esta Suprema Jurisdicción Civil, y que la argumentación dada no debe bajo ningún concepto, inspirarse en el simple motivo de resultar perdidoso en el procedimiento incoado, pues el recurso extraordinario de casación va más allá de una mera crítica del criterio jurídico explanado para la solución de cada caso, cuando el mismo desemboca en la desestimación de la pretensión que hizo valer una de las partes. No obstante lo anterior, aun cuando el recurrente entremezcla y replantea bajo nuevas ópticas las denuncias de base, la Sala haciendo uso de la flexibilidad abanderada de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Carta Fundamental y la finalidad del Estado de tutelar efectivamente los derechos y garantías constitucionales de los justiciables, en aras de garantizar una eficaz administración de justicia, estima necesario plasmar las siguientes consideraciones: Para analizar lo denunciado en el caso sub lite, se precisa apuntar de nuevo que lo pretendido por el recurrente es el análisis de los supuestos vicios de falsa IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 26 aplicación de los artículos 1.953 y 772 del Código Civil; falta de aplicación del artículo 762 del Código Civil; errónea interpretación de los artículos 1.953 y 772 del Código Civil; incongruencia negativa “…por cuanto no se pronunció sobre los argumentos esgrimidos en [el] escrito libela

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado JORGE RODRÍGUEZ, actuando en representación de DANNY JOSÉ AGÜERO COLMENAREZ, y se confirma la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 31 de octubre del año 2022.

Palabras clave

prescripción adquisitivausucapióncopropiedadsentenciarecurso de casación

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