Sentencia N° 55 — Sala de Casación Civil del TSJ, 27 de febrero de 2003
TSJ/SCC, Sent. N° 55, Exp. 01-771, 27/02/2003
Expediente01-771
PonenteCARLOS OBERTO VÉLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2003-02-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la demandada, INVERSIONES CANAGUA, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de Barinas. La decisión se fundamenta en la incongruencia negativa del fallo recurrido, ya que el juez no se pronunció sobre la intimación de la parte demandada, lo que es esencial para la validez del proceso. Se decreta la nulidad del fallo impugnado y se ordena al juez competente dictar una nueva sentencia corrigiendo el vicio indicado.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el silencio del Sentenciador acerca del planteamiento de la parte actora, incidió en el dispositivo del fallo, ya que a pesar de no existir un elemento de certeza en la decisión acerca de cual actuación dio por intimado al demandado, se declaró firme el decreto intimatorio dictado por el Juzgado de la causa en fecha 21 de Junio de 1999. En consecuencia, por aplicación de las consideraciones anteriores y la doctrina casacionista transcrita, la Sala encuentra que la sentencia impugnada infringe el ordinal 5º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil y, por vía de consecuencia, deberá declararse procedente la denuncia que se estudia, tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en la dispositiva del presente fallo.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación anunciado por la demandada, contra la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2001, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. En consecuencia, se decreta la NULIDAD del fallo recurrido y SE ORDENA al Juez que resulte competente dicte nueva sentencia, corrigiendo el vicio indicado.
Palabras clave
incongruencia negativarecurso de casaciónsentenciaintimacióncódigo de procedimiento civilnulidadeconomía procesal