Sentencia N° 54 — Sala de Casación Civil del TSJ, 3 de marzo de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000054, Exp. 22-553, 03/03/2023
Expediente22-553
PonenteJOSÉ LUÍS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoExequatur
Fecha de la decisión2023-03-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia admite la solicitud de exequátur presentada por Félix Domingo Said Yarur, en relación a una sentencia de divorcio dictada por el Juzgado Tercero de Familia de Santiago, Chile, el 22 de diciembre de 2009. La decisión chilena fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia de Chile en 2011 y se encuentra firme y ejecutoriada. La Sala establece su competencia para conocer del caso, dado que se trata de una sentencia dictada en un procedimiento contencioso en materia de relaciones privadas.

Extracto de la motiva

Ahora bien, en el caso bajo análisis, se solicita que por el procedimiento de exequátur, se conceda fuerza ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Familia de la ciudad de Santiago, República de Chile. De las actas procesales se evidencia que la decisión fue debidamente apostillada, dictada en el marco de un proceso de divorcio interpuesto por Juana Victoria Salame Hirmas y por el ciudadano Félix Domingo Said Yarur (solicitante del exequátur), siendo acumuladas dichas causas en una sola, demostrando con ello que la misma no se tramitó por la jurisdicción voluntaria, sino que hubo contención en el juicio incoado en el extranjero. Por tanto, con base en lo establecido en el artículo 28 numeral 2° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 856 del Código de Procedimiento Civil, antes transcrito, esta Sala de Casación Civil es la competente para conocer y decidir el presente asunto, al corresponder a una sentencia dictada en un procedimiento contencioso en materia de relaciones privadas. Así se establece.

Dispositiva

1) se declara su COMPETENCIA para conocer de la solicitud de exequátur de la dictada por el Tercer Juzgado de Familia de Santiago, República de Chile, en fecha 22 de diciembre del año 2009; y 2) se ADMITE la solicitud de exequátur presentada por la representación judicial del ciudadano FÉLIX DOMINGO SAID YARUR.

Palabras clave

exequáturdivorciosentencia extranjeracompetenciajurisdicciónrelaciones privadas

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