Sentencia N° 539 — Sala de Casación Civil del TSJ, 31 de octubre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000539, Exp. 22-296, 31/10/2022
Expediente22-296
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-10-31
DecisiónProcedente en derecho el desistimiento del recurso extraordinario de casación
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la parte demandada, ZOJA BAHSAS ABDUL BAGHI, quien alegó que su abogado actuó sin su consentimiento. La Sala declaró procedente el desistimiento y homologó el acto, a la vez que condenó a la parte demandada al pago de costas procesales. La decisión se fundamenta en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, que permite el desistimiento en cualquier estado del proceso.
Extracto de la motiva
En efecto, la parte demandada personalmente desistió del recurso de casación interpuesto por quien hasta ese momento fungía como co apoderado judicial; por lo que la capacidad para efectuar el planteamiento en cuestión no se encuentra en discusión. De modo que en el presente caso se declara la procedencia en derecho del acto de autocomposición procesal de desistimiento planteado por la ciudadana Zoja Bahsas Abdul Baghi, asistida por la profesional del derecho Carmen Aidé Rivas Rojas, respecto del recurso extraordinario de casación anunciado en fecha 4 de abril de 2022, contra la decisión dictada el 25 de marzo de 2022, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida. Así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: PROCEDENTE EN DERECHO EL DESISTIMIENTO del recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandada, por lo que de conformidad con lo preceptuado en los artículos 255 y 256, se declara HOMOLOGADO. SEGUNDO: SE CONDENA A LA PARTE DEMANDADA AL PAGO DE COSTAS PROCESALES de acuerdo con lo establecido en la ley.