Sentencia N° 537 — Sala de Casación Civil del TSJ, 9 de octubre de 2024
TSJ/SCC, Sent. N° 000537, Exp. 24-278, 09/10/2024
Expediente24-278
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-10-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de hecho propuesto por la representación judicial del codemandado Franklin José Pinto Romero, en contra del auto que declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación. La decisión se basa en que la cuantía de la demanda no supera el monto requerido para acceder a la casación, lo que determina la inadmisibilidad del recurso. Además, se apercibe a los abogados recurrentes por su conducta en el proceso.
Extracto de la motiva
Es preciso acotar, que en ninguno de los escritos presentados por los demandados de autos, se impugnó la estimación de la cuantía del libelo, ni de su reforma. Ahora bien, en el caso bajo análisis se observa que, la demanda fue propuesta en fecha 4 de mayo de 2021, siendo reformada el 15 de junio de 2021 en lo atinente a la cuantía establecida en el libelo y se solicitó que se tramitara por el procedimiento breve, lo cual fue acordado por el tribunal a quo en el auto de admisión de fecha 25 de junio de 2021, tal como se refirió supra, oportunidad en la que imperaba la Resolución número 2018-0013, emitida por la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, dictada el 24 de octubre de 2018, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 41.620, del 25 de abril de 2019, tal como se desprende de la sentencia número RH-075, dictada por esta Sala de Casación Civil en fecha 30 de julio de 2020, caso: Graciela del Carmen Mora de Zambrano, contra Iveth Guadalupe Castellanos Ramírez, donde se estableció que: “...De donde se desprende un cambio sustancial de la competencia funcional de los tribunales de instancia en razón de la cuantía del juicio, de 3000 unidades tributarias a 15000 unidades tributarias, y para el juicio breve que no exceda de 7500 unidades tributarias, quedando supeditada la eficacia de dicha resolución a la publicación en Gaceta oficial de la misma. En tal sentido la señalada Resolución N° 2018-0013, de la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 24 de octubre de 2018, fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.620, de fecha jueves 25 de abril de 2019, año CXLVI, mes VII, por lo cual a partir de la citada fecha, entró en vigencia dicha modificación de la competencia funcional por la cuantía en materia civil, mercantil, del tránsito, bancario y marítimo, lo cual modifica sustancialmente también el m...
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la representación judicial del codemandado recurrente, ciudadano FRANKLIN JOSÉ PINTO ROMERO, contra el auto de fecha 19 de marzo de 2024, dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, denegatorio del recurso extraordinario de casación anunciado contra el fallo definitivo proferido en fecha 16 de enero de 2024.
Palabras clave
reivindicacióncuantíacompetenciatribunalesresolucionesprocedimiento breve