Sentencia N° 497 — Sala de Casación Civil del TSJ, 28 de julio de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000497, Exp. 23-262, 28/07/2023
Expediente23-262
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-07-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Yuber Segundo Castillo Salguero, en relación a una medida cautelar de embargo preventivo dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Lara. La sentencia de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la homologación de una transacción entre la demandante y el codemandado, confirmando el fallo apelado y condenando en costas al recurrente.
La Sala desestimó el recurso de casación, argumentando que los vicios denunciados no eran suficientes para alterar la decisión del tribunal inferior. Se enfatizó que la homologación de la transacción es un acto de autocomposición procesal y que la Sala no puede revisar los vicios de la sentencia de primer grado, ya que esta fue sustituida por la de alzada. Finalmente, se condenó al recurrente al pago de costas procesales y se ordenó el remitir el expediente al tribunal de la causa.
La decisión fue firmada por el Magistrado José Luis Gutiérrez Parra y publicada en la Sala de Despacho del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
motivación, porque las razones expresadas por el sentenciador no guardan relación alguna con las excepciones o defensas opuestas por este profesional del derecho. En el mismo orden de ideas, se violentó lo contenido en el artículo 243 numeral 3º, referente a la “síntesis clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado planteada la controversia...”, ya que el Ad quem, solamente se limitó a revisar la transacción homologada sin tomar en cuenta los fundamentos de la apelación esgrimidos por este IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 23
Dispositiva
Por todas las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia dictada el 15 de marzo de 2023, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena al recurrente al pago de costas procesales.
Palabras clave
apelaciónsentenciaviciosmedida cautelarjurisprudenciaCódigo de Procedimiento Civil