Sentencia N° 49 — Sala de Casación Civil del TSJ, 15 de octubre de 2024
TSJ/SCC, Sent. N° 000049, Exp. 24-728, 24/02/2026
Expediente24-728
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-10-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
En el juicio por rendición de cuentas, el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Miranda declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado del demandado, confirmando la sentencia del Tribunal Tercero de Primera Instancia. Se ordenó al demandado, Mario Vacondio, a rendir cuentas de su gestión en un plazo de treinta días, correspondiente al periodo 2020-2022. La oposición del demandado fue considerada infundada al no presentar pruebas que respaldaran sus alegaciones.
Extracto de la motiva
El juez de la recurrida a los fines de preservar los postulados constitucionales, una vez resuelto el alegato de cuestión previa de prohibición de la ley de admitir la acción, de la falta de cualidad de los actores para intentar y sostener el presente juicio, así como la falta de cualidad pasiva, declarándolas improcedentes, declaró infundada tal oposición, en razón de que la representación judicial de la parte demandada no acompañó prueba escrita alguna para demostrar tales afirmaciones, que dieran lugar a la suspensión del juicio especial de cuentas y procederse a la continuación del proceso en atención a los términos contenido en el artículo 677 eiusdem; tal y como se dejará sentado en el dispositivo del presente fallo.- Y así se decide.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la cuestión previa FALTA DE CUALIDAD ACTIVA, de los ciudadanos ANTONIO MARTIN PEREZ Y NICOLA BRENCA PEPE. Se declara SIN LUGAR, la cuestión previa FALTA DE CUALIDAD PASIVA propuesta por la parte demandada. Se declara CON LUGAR la demanda por RENDICIÓN DE CUENTAS incoada por los ciudadanos ANTONIO MARTIN PEREZ Y NICOLA BRENCA PEPE, contra el ciudadano MARIO VACONDIO. Se ordena al ciudadano MARIO VACONDIO a rendir cuentas, de su gestión en un plazo de treinta (30) días.
Palabras clave
rendición de cuentasprohibición de la leycualidad activacualidad pasivajuicio civil