Sentencia N° 49 — Sala de Casación Civil del TSJ, 23 de febrero de 2024

TSJ/SCC, Sent. N° 000049, Exp. 23-377, 23/02/2024
Expediente23-377
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-02-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por los demandados contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Mérida. La sentencia recurrida había declarado con lugar la demanda de cumplimiento de contrato de opción de compra presentada por la ciudadana Amalia Esther Hernández Cassalett. La Sala concluye que no hubo infracción de los derechos constitucionales alegados por los recurrentes y que el juez de alzada actuó conforme a derecho al interpretar la naturaleza del contrato en cuestión.

Extracto de la motiva

motiva de la recurrida, donde interpreta el referido contrato, dentro de los límites del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, dicha recurrida expresó: “…El negocio jurídico contenido en el contrato in examine denominado por las partes como “Promesa Bilateral Compra- Venta” (sic), el cual no solo debe ejecutarse de buena fe, sino que tiene fuerza de ley entre las partes, soporta una formación progresiva del contrato, donde el acto jurídico persigue su formación para alcanzar el definitivo de venta, en el que examinada la libre voluntad de las partes contratantes, se verifica que las mismas establecieron todos los supuestos necesarios para que se perfeccionara la venta, vale decir, consentimiento, objeto, causa lícita y precio, con lo cual en concordancia con los criterios jurisprudenciales citados ut retro, debe estimarse que se está en presencia de una verdadera venta, pues mediante su suscripción se

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de los demandados contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, de fecha 25 de noviembre de 2022. Se CONDENA a la demandada recurrente, al PAGO DE LAS COSTAS procesales del recurso extraordinario de casación.

Palabras clave

contratocompraventaobligacionesincumplimientojurisprudenciaCódigo Civilbuena fe

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