Sentencia N° 480 — Sala de Casación Civil del TSJ, 13 de agosto de 2024
TSJ/SCC, Sent. N° 000480, Exp. 24-347, 13/08/2024
Expediente24-347
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-08-13
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Estado Sucre. La decisión se basa en que la parte recurrente no presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley, lo que conlleva a la pérdida del recurso. Se condena al recurrente al pago de las costas procesales.
Extracto de la motiva
Es criterio pacífico y reiterado de esta Sala del Máximo Tribunal de Justicia que en casos como el de especie, se requiere el impulso de las partes en el proceso para evitar su paralización; así pues, el formalizante es el único interesado y obligado por ley para presentar dicho escrito, a los fines que el recurso extraordinario de casación sea tramitado. Ahora bien, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) que se dan para el anuncio del mismo, es decir, el 16 de abril de 2024, y feneció el día 30 de mayo de 2024. Visto que dentro del señalado lapso la parte recurrente no consignó el correspondiente escrito de formalización, y en atención a lo preceptuado en el precitado artículo 325, el recurso de casación anunciado por la parte actora debe ser declarado perecido, tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.
Dispositiva
Se declara PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumaná, del 28 de febrero de 2024. Se CONDENA al recurrente al pago de las costas procesales del recurso.