Sentencia N° 478 — Sala de Casación Civil del TSJ, 30 de julio de 2025
TSJ/SCC, Sent. N° 000478, Exp. 25-601, 30/07/2025
Expediente25-601
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-07-30
DecisiónProcedente de oficio la primera fase del avocamiento
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia avoca de oficio el conocimiento de una causa de ejecución de hipoteca entre PROYECTOS M, C.A. y RESIDENCIA LA LLOVIZNA, C.A. La decisión se fundamenta en la existencia de un posible desorden procesal y la necesidad de garantizar el derecho a un debido proceso, dado que el juicio tiene más de veinte años en trámite. Se ordena la remisión de los expedientes involucrados y se establece un plazo para su cumplimiento.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR En relación con la con la figura jurídica del avocamiento, este Supremo Tribunal de la República ha indicado que en el mismo deben utilizarse criterios de extrema prudencia y ponderación, tomando en consideración fundamentalmente la necesidad de evitar graves IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 16 injusticias, una denegación de justicia, o que se encuentren en disputa cuestiones
Dispositiva
Se avoca de oficio al conocimiento del asunto expediente N° BP02-M-2001-000047 y se ordena a los jueces correspondientes remitir los expedientes a esta Sala.
Palabras clave
avocamientoejecución de hipotecaderecho a un debido proceso