Sentencia N° 472 — Sala de Casación Civil del TSJ, 13 de diciembre de 2002

TSJ/SCC, Sent. N° 472, Exp. 01-661, 13/12/2002
Expediente01-661
PonenteCARLOS OBERTO VÉLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-12-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la demandante YENIFFER JOSEFINA BENAVIDES RIVAS, quien impugnó una sentencia del Juzgado Superior que había declarado con lugar el recurso de apelación de los demandados y sin lugar la demanda de nulidad. La Sala analizó la validez de la sentencia recurrida, considerando si el juez accidental que dictó la sentencia había cumplido con los requisitos legales para su actuación, concluyendo que no existía nulidad en la decisión del juez. Finalmente, la Sala declaró sin lugar el recurso de casación, manteniendo la decisión del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la actuación del Juez accidental se subsume dentro de las previsiones del artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que la inhibición o recusación de los jueces en los tribunales unipersonales serán decididas por el tribunal de alzada. En este caso, el Juez accidental declaró con lugar la inhibición, lo que permite suplir el conocimiento de la causa principal. La actuación de la Juez provisoria al avocarse al conocimiento de la causa luego de transcurrido más de cuatro meses de declarada la inhibición es inadecuada y fuera de todo contexto legal, lo que la hace inexistente. Por lo tanto, la sentencia dictada por el Juez accidental no está inficionada de nulidad.

Dispositiva

El Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación, anunciado y formalizado por la demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior En lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha 5 de abril de 2001.

Palabras clave

nulidaddación en pagocasacióninhibicióncomunidad conyugalconsentimientosentenciajuez accidental

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca