Sentencia N° 471 — Sala de Casación Civil del TSJ, 23 de julio de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000471, Exp. 25-062, 23/07/2025
Expediente25-062
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-07-23
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que declaró perecidos los recursos extraordinarios de casación anunciados por ambas partes en un juicio de desalojo. La decisión se basa en que no se presentaron los escritos de formalización en el plazo legal establecido. La sentencia también condena a los recurrentes al pago de las costas procesales.

Extracto de la motiva

Es criterio pacífico y reiterado de esta Sala del Máximo Tribunal de Justicia que en casos como el de especie, se requiere el impulso de las partes en el proceso para evitar su paralización; así pues, el formalizante es el único interesado y obligado por ley para presentar dicho escrito, a los fines que el recurso extraordinario de casación sea tramitado. Como consecuencia de la anterior consideración y teniendo a la vista el cómputo antes transcrito, la Sala advierte que al caso sub iudice resulta aplicable el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, al verificarse que no fueron presentados en el plazo legal los correspondientes escritos de formalización de las partes, deben ser declarados perecidos tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.

Dispositiva

Se declara PERECIDO los recursos extraordinarios de casación anunciados por ambas partes, el primero; por el abogado Carlos Martinez Orta como representante judicial de la parte demandante la sociedad mercantil AKINITA C.A., y el segundo, por el abogado Adnen Omar Bittar Sarraf, en representación de la parte demandada sociedad mercantil CADENAS DE TIENDAS 2X1, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín, el 2 de diciembre de 2024. Se CONDENA a los recurrentes al pago de las costas procesales.

Palabras clave

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