Sentencia N° 471 — Sala de Casación Civil del TSJ, 17 de octubre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000471, Exp. 21-140, 17/10/2022
Expediente21-140
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2022-10-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de rectificación de la sentencia N° EXEQ-811, publicada el 14 de diciembre de 2021, presentada por la abogada Henri Laorden Fichot en representación de Julia de la Coromoto Montilla de Páez. La Sala declaró inadmisible la solicitud por ser extemporánea, ya que fue presentada fuera del lapso legal establecido. Sin embargo, se identificó un error material en la transcripción del nombre de la solicitante, lo que llevó a la Sala a corregir de oficio dicho error en la sentencia rectificada.
Extracto de la motiva
motiva y en su parte dispositiva, corresponde a “...la ciudadana JULIA DE LA COROMOTO MONTILLA DE PÁEZ...”. En los términos expuestos, esta Sala rectifica la sentencia N° EXEQ-811, dictada en fecha 14 de diciembre de 2021; en consecuencia, téngase la presente decisión como parte integrante de la antes señalada sentencia. Así se decide.- D E C I S I Ó N Por las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando Justicia en nombre de la República y po
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE por extemporánea por tardía la solicitud de rectificación, de la sentencia N° EXEQ-811, publicada el día 14 de diciembre de 2021, hecha por el ciudadano abogado Henri Laorden Fichot, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JULIA DE LA COROMOTO MONTILLA de PÁEZ, antes identificados. SEGUNDO: CORRIGE DE OFICIO y por ende se RECTIFICA el fallo N° EXEQ-811, dictado y publicado por esta Sala en fecha 14 de diciembre de 2021, y en consecuencia, donde aparezca el nombre del “...JULIA DE LA CONCEPCIÓN COROMOTO MONTILLA DE PÁEZ...”, el mismo debe entenderse como referido a “...JULIA DE LA COROMOTO MONTILLA DE PÁEZ...”. TERCERO: En atención a lo resuelto, se ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de la Sala, a fin de que practique la citación del demandando CRISTÓBAL DE JESÚS PÁEZ LEÓN y se notifique al ciudadano Fiscal General de la República, a los fines de dar continuidad al trámite del presente juicio.