Sentencia N° 47 — Sala de Casación Civil del TSJ, 1 de marzo de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000047, Exp. 22-457, 01/03/2023
Expediente22-457
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-03-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia el 1 de marzo de 2023, declarando sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por NANDO CATIVELLI NENNISI contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito. La controversia se centró en la exigibilidad de una deuda por cobro de bolívares, donde se alegó que la obligación no era líquida ni exigible. La Sala concluyó que la demanda fue interpuesta después del vencimiento del contrato de préstamo, por lo que la acción era procedente y ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
Por las razones antes expuestas que demuestran que el juez de la recurrida, al no ajustarse a lo realmente alegado y reclamado en autos por la parte actora, realizando pronunciamientos sobre temas que no forman tema decidendum ciertamente incurrió en el vicio de incongruencia, en la modalidad de incongruencia positiva, en su aspecto de ultrapetita, y por ello, solicito a esta Sala de Casación Civil que la presente denuncia sea declarada CON LUGAR por la evidente infracción de lo establecido en el artículo 243 en su ordinal 5 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 12 eiusdem y como consecuencia, se sancione la sentencia recurrida con su nulidad, conforme lo establece el artículo 244 del Código Procesal, restableciéndose la garantía ciudadana a una tutela judicial efectiva, violentada por la juez de alzada en su sentencia hoy recurrida en casación.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por las representaciones judiciales de las partes contra la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la mencionada Circunscripción Judicial, con sede en Barquisimeto, en fecha 12 de julio de 2022. Se condena en costas del recurso de casación a los formalizantes.
Palabras clave
cobro de bolívarescasación civilexigibilidaddeudacontrato de préstamo