Sentencia N° 465 — Sala de Casación Civil del TSJ, 21 de julio de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000465, Exp. 23-183, 21/07/2023
Expediente23-183
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-07-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por Wilmer Antonio Guapacha Benitez contra el fallo del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de Apure. Se anula la sentencia del 17 de febrero de 2023, que había declarado la nulidad de un decreto cautelar y dejado sin efecto las medidas cautelares decretadas por el juez a-quo. La Sala determina que el Juzgado Superior actuó incorrectamente al levantar las medidas cautelares, excediéndose en sus funciones y remitiendo el expediente al Juzgado Superior Distribuidor de la Circunscripción Judicial del estado Zulia para su tramitación adecuada.
Extracto de la motiva
Motiva (sic) señala: (...Omissis...) Observándose claramente que el fundamento que utiliza para decidir la incidencia llevada a su conocimiento por ser de Superior (sic) Jerarquía (sic), lo constituye una fundamentación que NO forma parte del cuaderno de medidas, obviando claramente el contenido del único aparte del artículo 71 adjetivo civil, el cual es del tenor siguiente: (…), ya que la regulación de competencia deviene de la cuestión previa opuesta por la parte demandada y no por haberse declarado incompetente el Tribunal (sic) A Quo (sic), quien al momento de decretar las medidas ya se había pronunciado sobre la competencia
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación formalizado por la representación judicial de la parte actora contra el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, el 17 de febrero de 2023, en consecuencia, se ANULA la referida sentencia. SEGUNDO: remítase el expediente al Juzgado Superior Distribuidor de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de que haga la asignación respectiva ante los juzgados superiores para que se conozca por el principio de doble grado de jurisdicción, la apelación en contra la oposición a las medidas cautelares decretadas.
Palabras clave
competenciamedidas cautelaresdebido procesoCódigo de Procedimiento Civilnulidadjurisdicciónindefensión