Sentencia N° 462 — Sala de Casación Civil del TSJ, 1 de octubre de 2026
TSJ/SCC, Sent. N° 000462, Exp. 26-318, 01/10/2026
Expediente26-318
PonenteJACQUELINE DEL VALLE SOSA MARIÑO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-10-01
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandante, Jenny Elizabeth Jaimes Sierra, debido a la falta de formalización del mismo dentro del lapso establecido por la ley. Se confirma la decisión del Juzgado Superior Cuarto que había declarado sin lugar la apelación interpuesta por la parte actora. Además, se condena a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, la falta de actividad de la parte que anunció casación, acarrea el efecto procesal previsto por el legislador en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, el cual consiste en que se declara perecido dicho medio de impugnación. Habida cuenta de las consideraciones precedentes, y con base en la certificación citada previamente, la Sala advierte que en el presente caso resulta aplicable el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, la parte que anunció el recurso de casación no cumplió con su carga de formalizarlo; siendo así, el recurso de casación anunciado por el abogado Héctor José Galarraga Giménez, apoderado judicial de la ciudadana Jenny Elizabeth Jaimes Sierra parte demandante por tercería en el juicio por rendición de cuentas, debe ser declarado perecido, tal como se hará de manera expresa, positiva y precisa en el dispositivo de esta sentencia. Así se establece.
Dispositiva
Por las razones de hecho y de Derecho antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por el abogado Héctor José Galarraga Giménez, apoderado judicial de la demandante ciudadana Jenny Elizabeth Jaimes Sierra, contra la sentencia dictada, el 13 de febrero de 2026, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SE CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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