Sentencia N° 462 — Sala de Casación Civil del TSJ, 21 de julio de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000462, Exp. 23-078, 21/07/2023
Expediente23-078
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-07-21
DecisiónCON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 22 de noviembre de 2022. CASA la sentencia recurrida y SE REPONE la causa al estado de que el Tribunal Superior que resulte competente conozca del asunto y decida el fondo de la controversia.
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra una sentencia que declaró procedente el decaimiento del interés de manera sobrevenida y con lugar la demanda de cumplimiento de contrato. La Sala consideró que la juez de alzada no analizó adecuadamente los alegatos y pruebas presentadas, lo que llevó a una absolución de la instancia. En consecuencia, se declaró con lugar el recurso de casación, se casa la sentencia recurrida y se repone la causa para que el tribunal competente decida el fondo del asunto.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR PUNTO PREVIO. Antes de dictar la sentencia respectiva, debe esta Alzada resolver el pedimento formulado por los apoderados judiciales de la parte accionante, formulado luego de dictada la sentencia de primera instancia y en los Informes presentados ante esta Superioridad. Señala la referida representación que la consignación y oposición de la copia certificada de la decisión dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia guarda estrecha relación con este juicio, ya que al declararse válida la oferta real, formalmente las partes no tienen más nada que reclamarse. Que por estar, la demanda de cumplimiento de contrato que cursa por este tribunal, accionada por las mismas partes intervinientes y referida al mismo inmueble, automáticamente queda extinguido, el interés jurídico activo, ejercido al declarar la Sala de Casación Civil, válida la oferta real y depósito realizado por sus mandatarios. Que esta causa, de igual manera quedó extinguida, por la pérdida del interés jurídico activo, conforme al artículo 16 de nuestro Código adjetivo, siempre por la misma decisión de la Sala Civil. Que esa decisión pone fin a las eventuales pretensiones que las partes pudieran tener en este proceso, o en cualquier otro; extinguiéndose cualquier pretensión o reclamación que puedan hacerse los intervinientes en este juicio, ya que nada queda por satisfacer, ya que el pago es la forma natural de extinción de las obligaciones. Para decidir, esta Alzada considera: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 23 de 35 Consta en autos, copia certificada del fallo dictado en fecha 28 de abril de 2021, por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el juicio por oferta real de pago incoado por los ciudadanos ALBERTO JOSE TANG FRONTADO y MARILYN O’CALLAGHAN DE TANG contra los ciudadanos BEATRIZ MARTÍNEZ PACHECO, RORAIMA QUIJADA MARTINEZ, ISABEL TERESA QUIJADA MARTÍNEZ, MARIA VIRGINIA QUIJADA MARTÍNEZ y PABLO JOSE
Dispositiva
CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 22 de noviembre de 2022, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia: CASA la sentencia recurrida y SE REPONE la causa al estado de que el Tribunal Superior que resulte competente conozca del asunto y decida el fondo de la controversia.
Palabras clave
oferta realcumplimiento de contratoextinción de obligacionesCódigo CivilTribunal Supremo de Justiciaderecho civil