Sentencia N° 46 — Sala de Casación Civil del TSJ, 1 de marzo de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000046, Exp. 22-222, 01/03/2023
Expediente22-222
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-03-01
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, MAPFRE LA SEGURIDAD C.A. DE SEGUROS, contra la decisión del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario. La sentencia de alzada había confirmado la decisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia que había declarado la improcedencia de la caducidad de la acción por parte de la aseguradora, argumentando que la demanda fue interpuesta dentro del plazo legal establecido. La Sala consideró que el juez de alzada no incurrió en incongruencia negativa al no pronunciarse sobre ciertos alegatos, ya que estos fueron debidamente considerados en la decisión recurrida.
Extracto de la motiva
En atención a lo antepuesto, concluye quien suscribe que la demanda de autos fue ejercitada tempestivamente, lo cual excluye cualquier posibilidad que haya operado la caducidad, por cuanto al haber sido notificado a la parte demandante el rechazo de la indemnización del siniestro en fecha 10 de diciembre de 2019, se computan hasta el día de interposición de la demanda en fecha 22 de marzo de 2021 (con exclusión del lapso de suspensión de las actividades tribunalicias por decreto Presidencial por efecto de la pandemia COVID-19) un total de 263 días; derivándose que dicho lapso, no supera el año establecido en el condicionado de la póliza de seguros (ni en las Leyes especiales que regulan la materia) para determinar la procedencia de la caducidad; en consecuencia, es imperativo para quien suscribe declarar que, en la presente demanda no operó LA CADUCIDAD resultando improcedente su interposición, y Así se decide.
Dispositiva
SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia dictada el 28 de abril de 2022, por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas. Se CONDENA en costas del recurso a la parte recurrente.