Sentencia N° 459 — Sala de Casación Civil del TSJ, 9 de diciembre de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 459, Exp. 00-479, 09/12/2002
Expediente00-479
PonenteGILBERTO GUERRERO QUINTERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-12-09
DecisiónCON LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Civil, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito. La Sala argumenta que la decisión recurrida incurrió en vicios de inmotivación y silencio de prueba, afectando la legalidad del fallo. Se establece que el Juez debe analizar las pruebas presentadas y no puede actuar con discrecionalidad sin fundamento en los hechos del caso.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el formalizante denuncia que la sentencia de la Alzada incurrió en el vicio de inmotivación por silencio de prueba; cuya denuncia ubicó en el recurso de casación por defecto de actividad. En tal caso, la Sala, en decisión de fecha 21 de junio de 2000, en el juicio seguido por Farvenca Acarigua C.A., contra Farmacia Cleary C.A., a que se contrae el expediente número 99-597; abandonó el criterio, con un voto salvado, sostenido en sentencia del 28 de abril de 1993 (caso Inversiones Sinamaica contra Parcelamiento Chacao, expediente número 92-155). Al efecto, la Sala estableció que la denuncia del vicio de silencio de prueba, a partir de la supra indicada fecha del cambio doctrinal, se debe fundamentar en un recurso por infracción de ley, al tenor de lo pautado en el ordinal 2º del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, dentro de los términos y condiciones previstos en la ley, donde la denuncia de violación de las respectivas normas relativas a la apreciación y carga de la prueba, así como las referidas al establecimiento o valoración de las pruebas, adquiere suma importancia, ya que permitirá precisar el servicio, la necesidad o la conveniencia de la prueba en la resolución de la pretensión contenciosa, y de allí dependerá la calificación jurídica de la utilidad o no de la casación.
Dispositiva
CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de julio de 2000. En consecuencia, casa la sentencia recurrida y ordena al Juez que resulte competente, dictar nueva decisión ateniéndose a la doctrina establecida en la presente decisión.
Palabras clave
nulidad de asamblearecurso de casacióninmotivaciónsilencio de pruebamedidas cautelaresanálisis de pruebasCódigo de Procedimiento Civil