Sentencia N° 451 — Sala de Casación Civil del TSJ, 17 de julio de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000451, Exp. 25-358, 17/07/2025
Expediente25-358
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoExequatur
Fecha de la decisión2025-07-17
DecisiónADMITE

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia admite la solicitud de exequátur presentada por Douglas Atilio Alzualdez Herrera, para que se declare la fuerza ejecutoria de una sentencia dictada por el Tribunal Superior de California en 2012, que disolvió su vínculo matrimonial con Elvira Coromoto Román Silva. La decisión se basa en la competencia de la Sala para conocer de sentencias extranjeras de naturaleza contenciosa, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

Ahora bien, en el caso bajo estudio, se solicita que por la vía procedimental del exequátur, se conceda fuerza ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de California, Condado de los Ángeles de los Estados Unidos de América, de fecha 11 de septiembre de 2012. De las actas procesales, evidencia esta Sala que la decisión fue debidamente apostillada, dictada en el marco de un proceso de divorcio por interpuesto por el ciudadano Douglas Atilio Alzualdez Herrera (demandante y solicitante del exequátur), contra la ciudadana Elvira Coromoto Román Silva (demandada), demostrando con ello que la misma no se tramitó por la jurisdicción voluntaria o mutuo acuerdo, sino que hubo contención en la controversia sustanciada y decidida en el extranjero. Del mismo modo, se evidencia de los autos que la decisión extranjera fue debidamente apostillada, fue dictada en el marco de una demanda de divorcio, y fueron señalados los domicilios de ambas partes. Por tanto, con base en lo establecido en el artículo 28 numeral 2° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 856 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala de Casación Civil, ADMITE en derecho la solicitud presentada. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la solicitud de exequátur De la sentencia dictada por el Tribunal Superior de California, Condado de los Ángeles de los Estados Unidos de América, de fecha 11 de septiembre de 2012. SEGUNDO: ADMITE la solicitud de exequátur presentada por el ciudadano DOUGLAS ATILIO ALZUALDEZ HERRERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.487.528, representado por la ciudadana abogada defensora pública Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita ante el I.P.S.A., bajo el N° 177.626. TERCERO: ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala de Casación Civil, a fin de que practique la citación de la parte contra quien se pretende obre la solicitud y notifique al ciudadano Fiscal General de la República. Continúese con el trámite correspondiente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

exequáturdivorciosentencia extranjeraapostillacontenciónjurisdicciónprocedimiento civil

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca