Sentencia N° 443 — Sala de Casación Civil del TSJ, 18 de julio de 2023
TSJ/SCC, Sent. N° 000443, Exp. 23-240, 18/07/2023
Expediente23-240
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-07-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandante, MARÍA ELENA HADYAR CALLAOS, contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo que había declarado inadmisible la demanda de simulación de venta. La Sala fundamentó su decisión en la falta de pronunciamiento sobre alegatos relevantes y en la existencia de un litisconsorcio pasivo necesario no incorporado al proceso, lo que afectó el derecho a la defensa de la parte demandada.
Extracto de la motiva
Ante la defectuosa conformación del litisconsorcio pasivo necesario, resulta obligatorio para el Juez, atendiendo a razones de orden público constitucional, garantizar el derecho a la defensa, al debido proceso y tutela judicial efectiva de las partes. Así pues, estando ante un alegato relevante a la regularidad del proceso, la decisión fue coherente con los límites de la situación controvertida, adoptando la inadmisibilidad de la demanda. Esta Sala se abstiene de conocer y decidir las restantes denuncias contenidas en el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación, de conformidad con lo establecido en el artículo 320 eiusdem. Así se decide.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado en fechas 8 de febrero y 2 de marzo de 2023, por la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 9 de diciembre de 2022. Se CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso.
Palabras clave
litisconsorciodebido procesotutela judicialinadmisibilidadsimulaciónderecho a la defensa