Sentencia N° 44 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de agosto de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 44, Exp. 01-828, 12/08/2002
Expediente01-828
PonenteFRANKLIN ARRIECHE G.
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2002-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de regulación de competencia presentada por la demandada en un juicio de resolución de contrato de compra-venta. Se determinó que los tribunales de instancia no aplicaron correctamente los preceptos normativos establecidos en el Código de Procedimiento Civil, específicamente el artículo 71, que regula la competencia en estos casos. La Sala concluyó que el órgano jurisdiccional competente para conocer de la solicitud es el Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de la misma circunscripción judicial.
Extracto de la motiva
En el sub iudice, la Sala evidencia, de la lectura íntegra y revisión de las actas que conforman el presente expediente, que los Tribunales de Instancia, no aplicaron a cabalidad los preceptos normativos atinentes a la solicitud de regulación de la competencia, establecidos en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil. Efectivamente, la demandada solicitó la regulación de competencia como medio de impugnación contra la sentencia de fecha 15 de junio de 1995, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, la cual declaró sin lugar las cuestiones previas contenidas en los numerales 1° y 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y, el Tribunal a quo, acatando la decisión dictada por el Juzgado Superior en fecha 12 de junio de 2000, anteriormente referida, remitió las actuaciones a esta Sala de Casación Civil, con la finalidad de que resolviera dicha solicitud, desacertando al hacerlo, pues lo correcto era enviarlo a un Juzgado Superior de su misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo antes mencionado.
Dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara competente al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, que corresponda previa distribución, para que se pronuncie sobre la solicitud de regulación de competencia formulada por la accionada en fecha 15 de enero de 1996, contra la decisión dictada en fecha 15 de junio de 1995, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial. Publíquese y regístrese. Remítase este expediente al Juzgado Distribuidor Superior en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo. Particípese de esta decisión al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, de la misma Circunscripción Judicial.
Palabras clave
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