Sentencia N° 439 — Sala de Casación Civil del TSJ, 15 de noviembre de 2002

TSJ/SCC, Sent. N° 439, Exp. 01-583, 15/11/2002
Expediente01-583
PonenteCARLOS OBERTO VÉLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-11-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el demandado-reconviniente contra la sentencia del Tribunal Superior que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala argumenta que el demandado carece de interés legítimo para impugnar el fallo, ya que se le concedió lo solicitado en su defensa, lo que lo exime de analizar otros alegatos. En consecuencia, se revoca el auto de admisión del recurso de casación.

Extracto de la motiva

Ante cualquiera otra consideración, la Sala estima conveniente decidir preliminarmente acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto, en atención a su doctrina pacífica, reiterada y consolidada conforme a la cual estableció, que es en definitiva al Tribunal Supremo de Justicia a quien le corresponde decidirlo, no obstante, haberlo admitido la instancia, facultad que ejerce, bien de oficio o a instancia de parte, cuando observare que la admisión se hizo violentando los preceptos legales que regulan la materia. Por cuanto, de resultar el auto de admisión, contrario a derecho, podrá revocarlo y, por vía de consecuencia, deberá declararlo inadmisible; por tanto, no será necesario juzgar el problema sometido a consideración de esta Sala de Casación Civil. En el caso bajo examen, el recurso de casación que hoy ocupa la atención de esta Suprema jurisdicción, fue anunciado contra la sentencia del Tribunal Superior que declaró sin lugar el recurso procesal de apelación ejercido por el demandado-reconviniente y, modificó el fallo del a quo, al declarar sin lugar tanto la acción intentada como la reconvención propuesta. En la oportunidad de la contestación a la demanda, el demandado opuso su falta de cualidad e interés para sostener el juicio e intentó reconvención, determinando el ad quem, que el demandado ciertamente carece de cualidad e interés para sostener el juicio, y desechó con este argumento la acción intentada, considerando inoficioso pronunciarse con relación al fondo del asunto planteado.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada en fecha 30 de mayo de 2001, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En consecuencia, se REVOCA el auto de admisión del recurso de casación, dictado por el referido Juzgado Superior, en fecha 27 de junio de 2001. Por la índole de la decisión, no se condena al pago de las costas procesales.

Palabras clave

recurso de casacióninadmisibilidadfalta de cualidadinterés legítimoacción intentadareconvencióncostas procesales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca