Sentencia N° 437 — Sala de Casación Civil del TSJ, 13 de agosto de 2026

TSJ/SCC, Sent. N° 000437, Exp. 25-893, 13/08/2026
Expediente25-893
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-08-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 13 de agosto de 2026, dictó sentencia en el caso de la sociedad Consultel Telecommunications of America Corp, que había interpuesto una demanda por nulidad de actas de asamblea contra Inversiones Cisbor, C.A. y otros. La Sala declaró con lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por los co-demandados, revocando la sentencia anterior que había declarado con lugar la nulidad de las actas. La Sala concluyó que la falta de pago alegada por la parte actora no constituía un vicio de nulidad, sino un incumplimiento contractual, por lo que la demanda de nulidad fue desestimada.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la falta de pago alegada por la parte actora no puede ser considerada como un vicio de nulidad, ya que no afecta la formación del acto jurídico, sino que se trata de un incumplimiento de las obligaciones contractuales. En consecuencia, la Sala determina que la pretensión de nulidad de las actas de asamblea es improcedente, dado que el argumento de la parte actora no se refiere a la validez del acto, sino a su ejecución. Por lo tanto, se concluye que la sentencia recurrida incurrió en un error de juzgamiento al aplicar la norma que regula la nulidad de los actos jurídicos a un supuesto de hecho que no le corresponde.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de los co-demandados Inversiones Cisbor, C.A., y Jesús José Rafael Velásquez Gamero, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con sede en la ciudad de Caracas, de fecha 22 de octubre de 2025, en consecuencia, CASA TOTAL y SIN REENVÍO y se DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA del fallo recurrido. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por los co-demandados INVERSIONES CISBOR, C.A., y Jesús José Rafael Velásquez Gamero, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de marzo de 2025. TERCERO: SIN LUGAR LA DEMANDA por nulidad de acta de asamblea incoada por la sociedad mercantil CONSULTEL TELECOMMUNICATIONS OF AMERICA CORP, antes identificada, contra las sociedades mercantiles distinguidas con las denominaciones CONSULTEL TELECOMMUNICATIONS OF AMERICA CORP. C.A., e INVERSIONES CISBOR C.A., y contra los ciudadanos JESUS JOSE RAFAEL VELASQUEZ GAMERO, y CONO GIOVANNY GUMINA FADALELLO, igualmente identificados en autos.

Palabras clave

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