Sentencia N° 430 — Sala de Casación Civil del TSJ, 10 de agosto de 2026
TSJ/SCC, Sent. N° 000430, Exp. 26-355, 10/08/2026
Expediente26-355
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-08-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la parte actora contra el auto que declaró inadmisible el recurso de casación. La decisión se basa en que la parte actora no cumplió con el requisito de estimar la cuantía en el libelo de la demanda, lo que es esencial para el acceso a la sede casacional. La Sala enfatiza la importancia de la lealtad y probidad en el ejercicio de la abogacía, advirtiendo al abogado recurrente sobre la conducta censurable de interponer recursos infundados.
Extracto de la motiva
La Sala observa que mediante el auto de denegatorio del recurso de casación de fecha 9 de abril de 2026, el Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda sostuvo –en su parte pertinente-, lo siguiente: 'Vista la diligencia presentada en fecha 23 de marzo de 2026, por el abogado en ejercicio WILMAN MORALES, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual anunció recurso extraordinario de casación contra la sentencia dictada por este juzgado superior en fecha 11 de marzo de 2026, el tribunal para proveer observa...'.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte actora contra el auto de fecha 9 de abril de 2026, dictado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, denegatorio del recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 11 de marzo de 2026 dictada por el referido juzgado superior, que estimó sin lugar la pretensión.
Palabras clave
prescripción adquisitivarecurso de hechorecurso de casacióncuantíaadmisibilidadjuzgado superiorabogadojusticia