Sentencia N° 43 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de agosto de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 43, Exp. 01-240, 12/08/2002
Expediente01-240
PonenteFRANKLIN ARRIECHE G.
MateriaCivil
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2002-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia en un juicio de partición de comunidad hereditaria. El caso se originó por la demanda presentada por Coromoto Castillo en representación de su hija menor, Yessika Carolina Rojas Castillo, contra Luz Esmeralda Rojas Zumeta y Alí Felipe Rojas Slueery. Durante el proceso, Alí Felipe Rojas falleció, lo que generó la necesidad de determinar la competencia del tribunal para continuar con el juicio, dado que la menor se convirtió en heredera del fallecido.
Extracto de la motiva
La Sala observa el principio de la perpetuatio jurisdictionis, previsto en el artículo 3 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone que: “La jurisdicción y la competencia se determinan conforme a la situación de hecho existente para el momento de la presentación de la demanda, y no tienen efecto respecto de ellas los cambios posteriores de dicha situación, salvo que la Ley disponga otra cosa”. Esto es, que la potestad de juzgamiento y la competencia del órgano jurisdiccional, se determina por la situación fáctica existente para el momento de introducción de la demanda, sin que pueda modificarse esa jurisdicción y competencia, en razón de los cambios que se presenten en el curso del proceso. Ello, en resguardo de la seguridad jurídica.
Dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y FAMILIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS es el competente para seguir conociendo del presente juicio. Publíquese y regístrese. Remítase este expediente al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Familia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
partición de comunidadherenciacompetenciamenores de edadjurisdicciónderecho de familiaproceso civil