Sentencia N° 429 — Sala de Casación Civil del TSJ, 10 de agosto de 2026

TSJ/SCC, Sent. N° 000429, Exp. 26-251, 10/08/2026
Expediente26-251
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-08-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, revocando la decisión del Juzgado Superior que había declarado parcialmente con lugar la demanda de simulación de contrato presentada por la ciudadana France Moise Dawidziak. La Sala encontró que el tribunal inferior incurrió en el vicio de suposición falsa al basar su decisión en afirmaciones sin soporte probatorio, lo que llevó a la falsa aplicación del artículo 1.281 del Código Civil. En consecuencia, se declaró sin lugar la demanda de simulación y nulidad de venta, así como la indemnización de daños y perjuicios solicitada por la actora.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir, observa lo siguiente: Denuncia el formalizante que el tribunal ad quem incurrió en el segundo caso del vicio de suposición falsa en la decisión recurrida, al dar por demostrado un hecho con pruebas que no constan en el expediente, al declarar que la venta efectuada entre los demandados fue simulada, infringiendo el artículo 1.281 del Código Civil por falsa aplicación. Señala la parte recurrente, que en la decisión recurrida “…el juez de alzada llega a la conclusión de que hubo una simulación en la venta del inmueble objeto de la presente controversia, con base en los dichos de la demandante, pero si nos fijamos con detenimiento, no podemos precisar que haya un material probatorio que sirva de sustento para tal declaratoria, es decir, el juez de alzada da por demostrado un hecho como es el acto de la simulación de la venta con base a puros alegatos, sin precisar prueba alguna que sustente tal dispositivo.”. Sostiene que, el tribunal ad quem no podía aplicar las consecuencias del artículo 1.281 del Código Civil, por cuanto ninguno de los indicios que debieron ser alegados, se adminicula con las pruebas aportadas e instrumentos no objetados, ni con los elementos de procedencia previstos de manera concurrente y concomitantes para la simulación, pues, del poder que constaba en autos se evidenciaba que el demandado estaba autorizado para vender el bien inmueble.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada el 19 de febrero de 2026 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en consecuencia, CASA TOTAL Y SIN REENVIO EL FALLO RECURRIDO y se DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA del mismo. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de simulación y nulidad de venta e indemnización de daños y perjuicios, incoada por la ciudadana FRANCE MOISE DAWDZIAK contra los ciudadanos CARLOS VICENTE MARTÍNEZ CABRERA y CARLOS RAMÓN MARTÍNEZ ESPINOZA; se condena en costas del juicio a la parte actora perdidosa, conforme a lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

simulaciónnulidadcontratoindemnizacióndaños y perjuicioscarga de la pruebafalsa aplicaciónsuposición falsa

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