Sentencia N° 418 — Sala de Casación Civil del TSJ, 9 de julio de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000418, Exp. 25-177, 23/07/2025
Expediente25-177
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2025-07-09
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Cesar Augusto Contreras, en relación a la sentencia alfanumérica RC000418. La Sala determinó que la solicitud era improcedente, ya que no se dirigía a aclarar puntos dudosos, sino a cuestionar el cómputo de plazos realizado por la Secretaría, lo cual excede la finalidad de la figura de la aclaratoria. La decisión se fundamentó en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, que establece las condiciones y limitaciones para la aclaración de sentencias.

Extracto de la motiva

motiva que “el lapso de cuarenta (40) días, para la formalización del recurso extraordinario de casación en este juicio, comenzó a IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 9 transcurrir en fecha 17 de enero de 2025, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio, y venció el 1° de marzo de 2025, siendo formalizado por la parte demandante en fecha 14 de marzo de 2025 ante esta Sala de Casación Civil, cabe destacar, que el lapso de cuarenta (40) días para formalizar el recurso extraordinario de casación,

Dispositiva

IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia alfanumérico RC000418, expediente 2025-177, dictada por esta Sala de Casación Civil en fecha 9 de julio de 2025.

Palabras clave

recurso de casaciónplazos procesalesCódigo de Procedimiento Civilextemporaneidaddecisiones judiciales

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