Sentencia N° 407 — Sala de Casación Civil del TSJ, 11 de junio de 2026

TSJ/SCC, Sent. N° 000407, Exp. 26-195, 11/06/2026
Expediente26-195
PonenteJACQUELINE DEL VALLE SOSA MARIÑO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-06-11
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por Javier Arturo Blanco Bolívar, en su propio nombre y representación, contra la sentencia dictada el 13 de noviembre de 2023. La decisión se basa en la falta de formalización del recurso dentro del plazo establecido por la ley, lo que conlleva a la pérdida del derecho a impugnar la decisión del Juzgado Superior Quinto.

Extracto de la motiva

En el caso de autos, la falta de actividad de la parte referida a la presentación de la formalización, acarrea el efecto procesal previsto por el legislador en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, el cual consiste en que se declara perecido dicho medio de impugnación. Habida cuenta de las consideraciones precedentes, y con base en la certificación citada previamente, la Sala advierte que en el presente caso resulta aplicable el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, la parte que anunció el recurso de casación no cumplió con su carga de formalizarlo; siendo así, se concluye que el recurso de casación interpuesto ha de ser declarado sin lugar, por no haberse cumplido con los requisitos establecidos en la ley para su formalización, lo que implica que se pierde el derecho a impugnar la decisión que se pretende recurrir, en virtud de la inobservancia de los plazos procesales establecidos, que son de carácter perentorio y deben ser respetados para garantizar el debido proceso y la seguridad jurídica en el ámbito del derecho procesal civil.

Dispositiva

PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por el ciudadano Javier Arturo Blanco Bolívar, quien actúa en su propio nombre y representación como tercero interesado, contra la sentencia dictada el 13 de noviembre de 2023, por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

recurso de casaciónplazos procesalesdebido procesoCódigo de Procedimiento Civilimpugnación

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