La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por las codemandadas SIEMENS, S.A. y CONSORCIO INGENIERÍA Y COMPRESIÓN VENEZOLANA (INCOVEN) contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Zulia. La decisión se fundamenta en que la parte demandante, CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA), actuó como parte integrante del consorcio y no como tercero, por lo que se establece la responsabilidad solidaria entre los miembros del consorcio por las deudas contraídas.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo. CUARTO: IMPROCEDENTE LA FALTA DE CUALIDAD ACTIVA opuesta por la sociedad mercantil co-demandada SIEMENS, S.A, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA), en contra de las sociedades mercantiles JANTESA, S.A., SIEMENS, S.A., y contra el CONSORCIO INGENIERIA Y COMPRESIÓN VENEZOLANA (INCOVEN). QUINTO: IMPROCEDENTE LA FALTA DE CUALIDAD PASIVA opuesta por la sociedad mercantil co-demandada SIEMENS, S.A., y por el CONSORCIO INGENIERIA Y COMPRESIÓN VENEZOLANA (INCOVEN), en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA), en contra de las sociedades mercantiles JANTESA, S.A., SIEMENS, S.A., y contra el CONSORCIO INGENIERIA Y COMPRESIÓN VENEZOLANA (INCOVEN). SEXTO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA), en contra de las sociedades mercantiles JANTESA, S.A., SIEMENS, S.A., y contra el CONSORCIO INGENIERIA Y COMPRESIÓN VENEZOLANA (INCOVEN). En consecuencia: SÉPTIMO: SE ORDENA a la parte demandada, pagar a la parte actora, la cantidad de VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLÍVARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 28.534.952,71), derivados de la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 124 sumatoria de ochenta y dos (82) facturas aceptadas, conforme a contrato de obra celebrado entre las partes, en cumplimiento del contrato de cesión de créditos suscrito entre las sociedades mercantiles CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA) y JANTESA, S.A. y asimismo pagar el monto de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 9.322.422,66), derivados de la sumatoria de sesenta y un (61) facturas a
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por las codemandadas SIEMENS, S.A. y CONSORCIO INGENIERÍA Y COMPRESIÓN VENEZOLANA (INCOVEN), contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, en fecha 18 de julio de 2016. Se CONDENA EN COSTAS del recurso extraordinario de casación a la recurrente.