Sentencia N° 400 — Sala de Casación Civil del TSJ, 3 de octubre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000400, Exp. 19-403, 03/10/2022
Expediente19-403
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-10-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de octubre de 2022, declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, que había declarado con lugar el medio ordinario de gravamen propuesto por la parte demandada. La Sala consideró que la relación arrendaticia se debía a dos contratos privados, cuyos contenidos eran contrarios a las normas de orden público del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, y que la parte demandante no había demostrado la existencia de daños que justificaran el desalojo.
Extracto de la motiva
motivación por contradicción por haberse otorgado valor probatorio a una inspección judicial para luego descartarla del debate probatorio por su inconducencia lo que trajo aparejado la contradicción delatada. Amén a lo anterior, en la misma denuncia el formalizante acusa la trasgresión del artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, por el vicio de silencio de pruebas, pues el judicante de segundo grado “no cumplió con el deber de ejercer el examen de analizar y juzgar todas las pruebas incluso las que según su criterio no fuesen idóneas.” Para decidir se observa: El recurso de casación se vincula en su génesis con la destrucción violenta del antiguo régimen (ancien regime), y no tanto por la furia del ataque a la Bastilla de 1789, sino por el ímpetu de la defensa de los IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 18 de 43 postulados: Libertad, Igualdad y Fraternidad, que provocó la exitosa difusión de las ideas de los filósofos de la Ilustración Francesa. El discurso de Robespierre en 1790, y el Decreto o Ley Fundacional de la Casación del 27 de noviembre, perfilan como tarea de la Casación la defensa de los derechos fundamentales, finalidad que en rigor debe prevalecer hoy de defensa de los derechos fundamentales frente a todos los demás fines de la casación. En la República Bolivariana de Venezuela, esa impregnación parte del derecho a la tutela judicial efectiva reconocido por el artículo 26 constitucional, que garantiza la libertad de acceso de todos los ciudadanos a los tribunales de justicia, de conformidad con lo pautado en la ley, ofreciendo distintas vías (acciones o recursos) procesales. Estas vías de procedimiento que regulan dichos medios, son preceptos que establecen los mecanismos de impugnación a través de los cuales el derecho sustantivo ha de hacerse efectivo, además de lograr las correcciones en la indebida aplicación de las normas procesales, siendo el recurso extraordinario de casación uno de estos medios de extraordinaria ap
Dispositiva
Declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, dictada el 21 de mayo del año 2019.