Sentencia N° 392 — Sala de Casación Civil del TSJ, 30 de septiembre de 2022

TSJ/SCC, Sent. N° 000392, Exp. 21-165, 30/09/2022
Expediente21-165
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-09-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró improcedente la reapertura del lapso para formalizar el recurso de casación solicitado por la parte actora. Asimismo, se declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dictada el 19 de marzo de 2021. La decisión se basa en que la parte actora no cumplió con la carga procesal de consignar las copias necesarias para el cuaderno de apelación, lo que llevó a la conclusión de que no se vulneró el derecho a la defensa ni el debido proceso.

Extracto de la motiva

motivado a lo siguiente: una vez proferida la sentencia por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, me di por notificada en fecha 12 de mayo de 2021 y en fecha 14 de mayo de 2021 anuncie recurso de casación informándole a mi mandante que la apelación que se ejerció contra la decisión del tribunal de primera instancia no prosperó, por lo que le dije que el recurso que tenía era de Casación que tenía que tramitarse ante el Tribunal Supremo de Justicia en Caracas, a lo que me dijo que haría eso con unos abogados en Caracas, enviándoles copia de la sentencia que había solicitado y de otras actuaciones. Es el caso, que el jueves 08 de julio de 2021, mi mandante se comunicó conmigo mediante WhatsApp y me dijo que le estaban cobrando la ca

Dispositiva

PRIMERO: IMPROCEDENTE la reapertura del lapso para formalizar, solicitado por la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumaná, dictada el 19 de marzo del año 2021.

Palabras clave

recurso de casaciónreapertura de lapsoderecho de defensajurisprudenciaCódigo de Procedimiento Civilconstitucióncausa grave

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