Sentencia N° 391 — Sala de Casación Civil del TSJ, 30 de septiembre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000391, Exp. 21-124, 30/09/2022
Expediente21-124
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-09-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de septiembre de 2022, declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada, MARÍA DEL VALLE AGUILERA de JIMÉNEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Miranda. La decisión se fundamentó en la falta de vicios procesales que afectaran el derecho a la defensa y el debido proceso, considerando que se habían cumplido las formalidades necesarias en el proceso.
Extracto de la motiva
Así las cosas, el judicante de segundo grado consideró que el incumplimiento del juez a quo de proveer conforme al principio de celeridad procesal previsto en la norma supra señalada, trajo como consecuencia “el quebrantamiento de las formas procesales, y una presunción de vulneración de principios jurídicos fundamentales, así como la transgresión del derecho a la defensa y al debido proceso”. En tal sentido, no se observa que la norma contenida en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, haya sido erróneamente interpretada, tal como lo afirma el recurrente.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques, dictada el 27 de abril del año 2021.
Palabras clave
celeridad procesalderecho a la defensadebido procesoreposición de la causaCódigo de Procedimiento Civil