Sentencia N° 387 — Sala de Casación Civil del TSJ, 12 de agosto de 2022

TSJ/SCC, Sent. N° 000387, Exp. 19-388, 12/08/2022
Expediente19-388
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-08-12
DecisiónCONSUMADA LA PERENCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara consumada la perención del procedimiento del recurso extraordinario de casación interpuesto por Juan José Del Moral Armas. Se establece que el proceso quedó en suspenso tras la consignación del acta de defunción de la co-demandante Gracia Sileni Vega de Del Moral, sin que se gestionara la citación de los herederos en el plazo establecido por la ley.

Extracto de la motiva

motivada de las disposiciones previstas en los artículos 144, 231 y 267 cardinal 3, del Código de Procedimiento Civil, que había operado la perención del procedimiento del recurso de casación, lo que originó la extinción del mismo, pues el efecto inmediato de la muerte de la parte que se haga constar en el expediente (mediante acta de defunción), es la suspensión del curso de la causa durante seis meses hasta tanto los interesados cumplan con las obligaciones impuestas en la ley para reanudar la misma, lo cual no ocurrió en el caso de marras (…). (Énfasis de la Sala). En este orden de ideas, la Sala observa que en fecha 28 de mayo de 2021, el abogado Kunio Hasuike Sakama, en representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia consignó acta de defunción de la ciudadana Gracia Sileni Vega de Del Moral, co- demandante en la presente causa y solicitó se le diera aplicación a lo previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. A partir de esta última act

Dispositiva

CONSUMADA LA PERENCIÓN DEL PROCEDIMIENTO del recurso extraordinario de casación anunciado y formalizado por el co-demandado, ciudadano Juan José Del Moral Armas, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Undécimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, de fecha 4 de julio de 2019. En consecuencia, se declara EXTINGUIDO el mismo.

Palabras clave

perenciónrecurso de casaciónsuspensiónherederosCódigo de Procedimiento Civil

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