Sentencia N° 370 — Sala de Casación Civil del TSJ, 28 de mayo de 2026

TSJ/SCC, Sent. N° 000370, Exp. 26-168, 28/05/2026
Expediente26-168
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-05-28
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por los demandantes, debido a que no se presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido. La decisión se basa en el incumplimiento de los plazos previstos en el Código de Procedimiento Civil, lo que afecta el derecho a la defensa de la parte contraria.

Extracto de la motiva

Visto el cómputo que antecede del lapso para la presentación del escrito de formalización del recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandante, el cual es de cuarenta (40) días continuos más el término de la distancia de un (1) día, para la interposición del recurso extraordinario de casación, comenzó a transcurrir en fecha 19 de febrero de 2026, venciendo dicho lapso el 31 de marzo de 2026, sin que la parte recurrente haya presentado el escrito de formalización dentro del lapso establecido. Como consecuencia de la precedente consideración, es aplicable al caso bajo estudio, el efecto previsto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, al verificarse que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación NO FUE CONSIGNADO DENTRO LAPSO PREVISTO en el artículo 317 eiusdem, ante la Secretaría de esta Sala de Casación Civil, vale reiterar, antes del vencimiento del término de los cuarenta (40) días continuos más el término de la distancia, el cual conforme al cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala precluyó el día 31 de marzo de 2026, dejándose constancia que el escrito de formalización del recurso extraordinario de casación no fue presentado ante esta Sala, y trayendo como consecuencia jurídica y directa, que el presente recurso anunciado por la parte demandante, y admitido por la alzada, debe ser declarado PERECIDO, por cuanto de recibirse el escrito de formalización fuera del lapso para su presentación, sea ante la Secretaria de la Sala o ante el Juzgado Superior de origen, se le estaría violentando el derecho a la defensa a la parte contraria, en razón de que la misma no tendría certeza para presentar su escrito de impugnación o contestación a la formalización dentro del la.

Dispositiva

PERECIDO el recurso extraordinario de casación propuesto por la parte demandante, ciudadanos ADRIANA GRISSEL MÁRQUEZ DE LÓPEZ y ARNALDO RAMÓN LÓPEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en fecha 29 de enero de 2026. Se CONDENA a la parte demandante, al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

prescripción adquisitivarecurso de casaciónplazos procesalesderecho a la defensaCódigo de Procedimiento Civil

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