Sentencia N° 356 — Sala de Casación Civil del TSJ, 30 de julio de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 356, Exp. 01-344, 30/07/2002
Expediente01-344
PonenteANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-07-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Antonio Ramírez Jiménez, decidió el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, que había declarado con lugar la demanda de cobro de bolívares. La Sala desestimó el recurso, argumentando que el formalizante no cumplió con los requisitos necesarios para la formalización del recurso de casación, mezclando denuncias de forma y de fondo, lo que impide su correcta evaluación. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso y se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La jurisprudencia de la Sala ha sido constante, en el sentido de desechar la formalización que mezcle denuncias por quebrantamientos de forma con denuncias por infracción de ley, o viceversa, pues tal modo de formalizar está reñido con la más elemental de las reglas que deben observarse en la preparación del recurso de casación, cual es, distinguirse entre un tipo de infracción y otro. Así mismo, en sentencia de fecha 10 de agosto de 2000, en el juicio seguido por la sociedad de comercio Matadero Industrial San Juan de los Morros, S.R.L. contra el Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, esta Sala, en cuanto al defecto señalado, expresó lo siguiente: “...La Sala considera que el defecto en la técnica de la formalización consistente en la mezcla de denuncias, se verifica cuando el formalizante propone simultáneamente denuncias de forma y de fondo, de tal modo ligadas e inseparablemente desarrolladas que impida a la Sala escindir las unas de las otras a los fines de su resolución...”. En el caso concreto, la única infracción que se puede separar de la mixtura de delaciones que caracteriza al escrito de formalización que nos ocupa, es la relativa a la inmotivación de derecho, fundamentada en que la decisión del juez superior no está sustentada en normativa alguna.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la empresa co-demandada, contra la sentencia dictada en fecha 2 de abril de 2001, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Particípese dicha remisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
cobro de bolívaresdefecto de actividadinfracción de leyderecho de defensaletra de cambioCódigo de Procedimiento Civilnormas sustancialescasación civil