Sentencia N° 348 — Sala de Casación Civil del TSJ, 18 de junio de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000348, Exp. 25-099, 18/06/2025
Expediente25-099
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-06-18
DecisiónPERECIDO los recursos de casación anunciados y formalizados extemporáneamente

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil, declara perecidos los recursos de casación interpuestos por los abogados de las partes demandadas, debido a su presentación extemporánea. Asimismo, se declara procedente la homologación de la transacción judicial propuesta por las partes, quienes acordaron un pago transaccional para dar por concluido el juicio por cumplimiento de contrato de préstamo. La sentencia establece que no hay condenatoria en costas, salvo pacto en contrario.

Extracto de la motiva

Dicho esto y en atención a los criterios antes descritos, la Sala pasa a examinar si las partes poseen la capacidad necesaria para transigir en el presente juicio. Al respecto, cursa al folio dos (2) y su vto. de la pieza número tres (3) del expediente poder apud acta otorgado el 3 de julio de 2024, por ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la parte demandante ciudadano Hans Enrique Barany Cobo, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.308.196, donde facultó expresamente a la abogada Berta Carolina Trujillo Quintana, para “… celebrar y suscribir acuerdos, transacciones judiciales y/o extrajudiciales (…) desistir, convenir, transigir, (…).”

Dispositiva

PRIMERO: PERECIDO los recursos de casación anunciados y formalizados extemporáneamente por los abogados Cesar Augusto Contreras y Ramón Rojas Carrasquel, apoderados judiciales de las partes demandadas, ciudadanos Alejandro Krucker Hoffmann e Inés María González de la Vega, contra la sentencia dictada, el 6 de noviembre de 2024, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PROCEDENTE EN DERECHO LA TRANSACCIÓN JUDICIAL Y SU RESPECTIVA HOMOLOGACIÓN propuesta por los ciudadanos abogada Berta Carolina Trujillo, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Hans Enrique Barany Cobo parte demandante, por otra parte abogado Ramón Rojas Carrasquel actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada ciudadano Alejandro Krucker Hoffmann y abogado Cesar Augusto Contreras, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Inés María González de la Vega parte codemandada en el presente juicio. Se CONDENA en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

contratopréstamotransaccióncapacidadjuicio

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