Sentencia N° 336 — Sala de Casación Civil del TSJ, 6 de junio de 2024

TSJ/SCC, Sent. N° 000336, Exp. 24-176, 06/06/2024
Expediente24-176
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-06-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, JUAN CARLOS GÚZMAN MÁRQUEZ, contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. La decisión se fundamenta en que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, ya que no se resolvieron puntos esenciales no controvertidos ni se proveyó contra lo ejecutoriado.

Extracto de la motiva

Ahora bien, del caso objeto de Litis se desprende de las actas procesales, que se fundamentó la reposición de la causa, en la omisión de pronunciamiento pro (sic) parte del Tribunal A quo sobre lo peticionado por la parte demandada en fecha 04 de julio del año 2022, mediante lo cual solicitaba la apertura de una articulación probatoria preceptuada en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, cuya petición obedecía a su defensa ante los planteamientos de la parte actora, ya que siendo planteado un requerimiento por cualquiera de las partes el Tribunal debió emitir su correspondiente pronunciamiento, aun si considera que este sea improcedente; más en este caso donde se deja constar que ambas partes sometieron una solicitud ante el Tribunal; considerando este Tribunal de Alzada, a petición de la parte demandada, que la reposición de la causa se ajusta a derecho, ya que la omisión de pronunciamiento por parte del Tribunal A quo afecta el debido proceso y el derecho a la defensa de la parte demandada, lo que justifica la decisión de reposición de la causa al estado de apertura de la incidencia probatoria, conforme a lo establecido en el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, el 17 de noviembre de 2023. En consecuencia, REVOCA el auto dictado por dicho juzgado superior, el 26 de febrero del 2024, mediante el cual admitió el recurso de casación.

Palabras clave

partición de bienescomunidad conyugalreposición de causadebido procesoderecho a la defensaCódigo de Procedimiento Civil

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