Sentencia N° 329 — Sala de Casación Civil del TSJ, 22 de mayo de 2026

TSJ/SCC, Sent. N° 000329, Exp. 26-017, 22/05/2026
Expediente26-017
PonenteJACQUELINE DEL VALLE SOSA MARIÑO
MateriaCivil
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2026-05-22
DecisiónEXTEMPORÁNEA POR TARDÍA

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Carlos Alejandro Olmos Tovar, en representación de los demandantes, respecto a la sentencia Nro. 329. La solicitud fue considerada extemporánea por tardía, ya que fue presentada el 8 de mayo de 2026, fuera del lapso legal establecido para ello, que es el día de la publicación o el siguiente.

Extracto de la motiva

motivaciones no casadas. En consecuencia, se declara: PRIMERO: FALTA DE CUALIDAD de los ciudadanos Raúl Armando Torres Lara, Luis Miguel Callejas Velazco y José Rafael Ballesteros Vargas, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nro. V-16.794.328, V-11.593.493 y V- 17.195.125, respectivamente, a no ser sujetos de derecho debatidos en el juicio. SEGUNDO: la NULIDAD de la sentencia dictada el 4 de octubre de 2024, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, y se ORDENA LEVANTAR las medidas acordadas en dicho fallo. Se condena en costas de la incidencia de medidas cautelares a la parte actora de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: CON LUGAR el recurso de apelación, interpuesto en fecha 18 de marzo de 2025, contra la sentencia dictada en fecha 13 de marzo de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. CUARTO: NULA la sentencia dictada en fecha 13 de marzo de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, por adolecer del vicio de inmotivación de conformidad con el artículo 244 del Código de Procedimiento Civil. QUINTO: CON LUGAR la pretensión por daños y perjuicios, en consecuencia, se condena a la parte demandada, sociedad mercantil Loi Seche, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Lara, el 3 de

Dispositiva

EXTEMPORÁNEA POR TARDÍA la solicitud de aclaratoria de la decisión publicada por esta Sala en fecha 24 de abril de 2026, formulada el 8 de mayo de 2026, por el abogado Carlos Alejandro Olmos Tovar, en su condición de apoderado judicial de la parte actora.

Palabras clave

falta de cualidadnulidaddaños y perjuicioscobro de cánonescostas procesalesexperticiaresponsabilidad civil

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca