Sentencia N° 325 — Sala de Casación Civil del TSJ, 24 de abril de 2026

TSJ/SCC, Sent. N° 000325, Exp. 25-914, 24/04/2026
Expediente25-914
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2026-04-24
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso extraordinario de casación anunciado por la abogada Celestina Pinto Rondón, co-apoderada judicial de la parte co-demandada. La decisión se basa en la falta de formalización del recurso dentro del lapso legal establecido por el Código de Procedimiento Civil. Se condena a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso.

Extracto de la motiva

De acuerdo con lo previsto en la ley, en los casos en los cuales se anuncie el recurso de casación, el recurrente tiene la carga de presentar el escrito de formalización, a fin de que se juzgue y decida lo que en Derecho corresponda, siempre que se cumplan los lapsos previstos en la ley. En palabras del catedrático Arístides Rengel-Romberg, “el lapso procesal es la medida de tiempo para realizar dentro de ella un acto determinado del proceso” (ver: Tratado de Derecho Procesal Civil, tomo II, pág. 167). En otras palabras, las normas que prevén el momento en que han de cumplirse los actos procesales deben ser respetadas por todos cuantos son llamados a actuar dentro del juicio, pues de ese modo se logra el equilibrio que debe existir entre las partes, se garantiza el derecho al debido proceso y se honra el principio de transparencia. En el caso de autos, la falta de actividad de la parte que anunció casación, acarrea el efecto procesal previsto por el legislador en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, el cual consiste en que se declara perecido dicho medio de impugnación.

Dispositiva

PERECIDO el recurso extraordinario de casación anunciado por la abogada Celestina Pinto Rondón co-apoderada judicial de la parte co-demandada ciudadanos Hernán Rafael Ron Infante, Leidy Ana Ron Infante y Yicer Arianni Ron Castro, contra la sentencia dictada, el 26 de mayo de 2025, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros. SE CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

casaciónproceso civilderecho procesalplazosimpugnación

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