Sentencia N° 285 — Sala de Casación Civil del TSJ, 6 de junio de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 285, Exp. 00-957, 06/06/2002
Expediente00-957
PonenteCARLOS OBERTO VÉLEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-06-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, Eduardo Saturnino Blanco, contra la sentencia del Juzgado Superior que había declarado sin lugar la demanda de reivindicación. La Sala argumenta que el juzgador inferior incurrió en vicios de inmotivación al no analizar adecuadamente las pruebas presentadas, lo que afecta la validez del fallo. Se ordena la anulación de la sentencia recurrida y se ordena al tribunal de origen dictar una nueva decisión conforme a lo decidido en esta sentencia.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el recurso en estudio fue admitido en fecha 8 de noviembre de 2000, momento para el cual ya imperaba la doctrina de fecha 21 de junio del citado año, que reasumió el criterio estableciendo que para denunciar el silencio de prueba, debe apoyarse la delación en el ordinal 2º del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, vale decir, como error in iudicando, razón por la cual, dicho recurso se atenderá de conformidad con los efectos de la misma. Analizando el caso bajo decisión a la luz de la jurisprudencia supra reproducida, advierte esta Sala, que se denuncia infracción del ordinal 4º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, por considerar el recurrente que la sentencia del ad-quem es inmotivada. Ahora bien, de la lectura y estudio detenido de los argumentos esgrimidos, se evidencia palmariamente que lo delatado es el silencio de pruebas, ello en razón a que al decir del formalizante, el juzgador superior no fundamentó su decisión de desechar las pruebas de testigos y de posiciones juradas, asi como tampoco realizó el debido análisis sobre otras, es decir las silenció.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de casación, anunciado y formalizado por la demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y de Estabilidad Laboral del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en fecha 16 de octubre de 2000. Queda, en consecuencia ANULADO el fallo recurrido y se ORDENA al Tribunal Superior que resulte competente, dictar nueva decisión con ajustamiento a lo decidido en la presente sentencia.
Palabras clave
acción reivindicatoriasilencio de pruebainmotivaciónrecurso de casaciónanálisis de pruebasdecisión judicialderecho civil